Código Civil: Una reforma antidemocrática, clerical y privatista
* Por Sebastián Blanchard (integrante de Autodeterminación y Libertad)
La Presidenta promulgó, es decir que le da vigencia, la reforma del código civil, norma que si bien viene a plasmar en su articulado conquistas conseguidas por las luchas llevadas a cabo en los últimos años como el matrimonio igualitario o el cambio de regulación de la adopción, significa un retroceso enorme en la consagración de los derechos del pueblo trabajador.
Además de lo repudiable que fue la forma en la que se aprobó esta reforma, que por motivos poco claros el oficialismo se apuró a sancionar la ley, cuando prácticamente la mitad de los legisladores en funciones no debatieron ese proyecto, casualmente una semana después de que CFK regresara de la invitación realizada por Bergoglio para conversar en el Vaticano.
Así, a las críticas que se le podían hacer a la redacción original del código realizado por un grupo minúsculo de “especialistas”, el gobierno le realizó unilateralmente modificaciones que justamente van directamente en contra de los intereses de las clases populares, tal vez ahí resida el apuro en sancionarlo a como dé lugar mientras nos distraen con la falsa consigna “patria o buitres”.
Yendo al punto de la reforma en sí, el nuevo código contiene elementos que es necesario rechazar y pelear por su no aplicación en el futuro.
[..]en un claro pacto con la iglesia y que responde al giro que ha tenido el oficialismo por la directiva de CFK, con Bergoglio, se modificó el artículo 19 [..] quedando el nuevo artículo en “el comienzo de la existencia. La existencia de la persona humana comienza con la concepción”, esa eliminación responde claramente a los compromisos que asumió la presidenta en su última viaje a Roma y que rechaza todos los reclamos y las luchas que se vienen dando en la sociedad para que se garantice el derecho al aborto seguro legal y gratuito [..]
El nuevo código viene a reforzar un sistema liberal burgués donde priman los negocios de los grandes grupos económicos en desmedro de los derechos del pueblo. Como ejemplo podemos mencionar la no inclusión del derecho al agua como derecho humano, como se viene reconociendo en otros países de America Latina y estipulado en los tratados internacionales de Derechos Humanos, claramente esto hay que verlo con la presión ejercida por las empresas mineras que están explotando nuestra cordillera, contaminando millones de litros de agua por dia. En sintonía la nueva reforma elimina el concepto de “camino público” que contenía inclusive la anterior redacción del código, es así que ” el viejo artículo 2639 -ahora reemplazado- decía que:
“Los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua, están obligados a dejar una calle o camino público de TREINTA Y CINCO (35) metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización. Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese espacio ninguna construcción, ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el terreno en manera alguna.”
Entre las funciones ambientales que cumplía este camino público se encontraba la preservación de los ecosistemas costeros, la protección de la biodiversidad, los humedales y áreas de absorción, garantizar la libre circulación y acceso a los bienes comunes como son los ríos navegables.
El nuevo artículo del Código Civil elimina el concepto de calle o camino público, y deja sólo una franja de terreno de quince (15) metros, pero además modifica la condición de los ríos, que deben ser “aptos para el transporte por agua”, lo cual aumenta aún más esta restricción. Y especifica que la finalidad de esa franja costera está relacionada con el transporte por agua, priorizando como dijimos los negocios privados sobre los derechos de la sociedad sobre los recursos naturales,. Se desconoce el uso público de este camino al disponer que sólo representa una franja de terreno y que, por lo tanto, ningún habitante de la Argentina podrá caminar o usar esta franja cuando corresponda a terrenos privados, excepto cuando los propietarios den su autorización. Lo que es de uso común y público se transforma en privado. Garantizando el saqueo que vienen haciendo las grandes empresas de los recursos naturales, dándole marco legal a ese saqueo.
Otro de los puntos repudiables, que fue también cuestionado por diversos actores incluso algunos cercanos al gobierno es que no se regula la función social de la propiedad, tal como había sido solicitado en la mayoría de las audiencias que se habían realizado para “debatir” la reforma, es decir que se desconoce el uso social que se puede hacer de la tierra e inmuebles desocupados atendiendo a los miles de personas que no pueden acceder a un derecho básico como es la tierra y la vivienda, pero en cambio sí se atendieron los reclamos de los sectores dedicados a la especulación inmobiliaria y los sectores de mayores recursos, reconociéndose los derechos de los barrios cerrados, countries, tiempos compartidos y hasta cementerios privados!
Esto sumado a que desde un primer momento se decidió excluir de la reforma la responsabilidad que le cabe al Estado frente a la sociedad, llevando su regulación a una ley aparte que se sancionó en el mes de agosto de este año y que en sintonía, entre otros retrocesos, pone a salvo al Estado y sus funcionarios los cuales no deberán responder por los daños causados por los concesionarios a los que les haya delegado los servicios, recordando la tragedia de once y toda la maraña de corrupción que caracterizó ese hecho así como tantos otros.
El nuevo código tambien viene a ponerle un manto legal a la precarización laboral al poner en pie de igualdad a las empresas con los trabajadores así como también a los consumidores, desconociendo inclusive la jurisprudencia y hasta la ley de contrato de trabajo que reconocen claramente la disparidad que existe entre unos y otros, siendo el trabajador la parte más débil. También viene a regular el denominado contrato de franquicia, contrato basura y que es una figura legal que utilizan las empresas para tercerizar trabajadores y así evadir sus responsabilidades y desconocer sus derechos.
En cuanto a los derechos de la mujeres el gobierno, en un claro pacto con la iglesia y que responde al giro que ha tenido el oficialismo por la directiva de CFK, con Bergoglio, modificó inclusive de la redacción original el artículo 19 que establecía “La existencia de la persona humana comienza con la concepción en la mujer, o con la implantación del embrión en ella en los casos de técnicas de reproducción asistida” quedando el nuevo artículo en “el comienzo de la existencia. La existencia de la persona humana comienza con la concepción”, esa eliminación responde claramente a los compromisos que asumió la presidenta en su última viaje a Roma y que rechaza todos los reclamos y las luchas que se vienen dando en la sociedad para que se garantice el derecho al aborto seguro legal y gratuito, y así evitar cientos de muertes por año de mujeres que no pueden pagarse el aborto en una clínica privada.
Parte de ese compromiso asumido con el Papa y el vaticano corresponde la ratificación del carácter de persona de carácter público, al igual que el Estado dado a la Iglesia Católica, en una clara consolidación de privilegios al poder eclesiástico y en desmedro de otros cultos y conciencias existentes.
Esos son solo algunos de los puntos que fueron introducidos en la nueva redacción del código civil, (unificado con el código comercial, emparejando los intereses del pueblo con intereses meramente lucrativos) y que como dijimos fueron sancionados a espaldas del pueblo y que van directamente en contra de los derechos de los trabajadores.